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JUEZ ORDENA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA INCAUTACIÓN DE BIENES A LOS ISAÍAS

JUEZ ORDENA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS CAUSADOS QUE FUE ORDENADA POR EL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS DE LA ONU POR LA INCAUTACIÓN DE BIENES A LOS ISAÍAS.

El Dr. Jorge Zavala Egas, procurador judicial de Roberto y William Isaías Dassum, quien fuera el encargado de la causa penal que concluyó con la sentencia ratificatoria de su inocencia dictada por la Corte Nacional de Justicia el 19 de mayo de 2021 y que, actualmente, estaba a cargo de la defensa de los derechos vulnerados a ellos durante el proceso de incautaciones al que se vieron sometidos en el año 2008, que fue declarado vulnerador de sus derechos constitucionales en el Dictamen emitido por el Comité de Derechos Humanos de la ONU el 30 de marzo de 2016

ordenando que el Estado les otorgue una plena reparación dijo: “Una vez, que han pasado 14 años desde las arbitrarias incautaciones que estuvieron amparadas por el Mandato Constituyente No.13 de 09 de julio de 2008; luego de 6 años que fuera expedido el Dictamen del Comité DH 2244/2013, declarando que el proceso, a través del que el Estado determinó las obligaciones civiles de los Isaías, fue inconstitucional porque se vulneraron sus derechos obligando, en el mismo fallo, que el Ecuador repare los daños ocasionados;

después de 5 años de cuando los Isaías exigieron la reparación al Estado, a través de sendas acciones administrativas seguidas ante el Banco Central del Ecuador, sin que aquél haya cumplido; después del largo proceso de seguimiento del Dictamen, desarrollado ante el Comité en Ginebra, desde el 2016, hasta este año, el Estado, a través del órgano judicial que había asumido la competencia para cautelar los bienes en litigio desde el año 2018,

En audiencia pública celebrada el 10 de mayo de 2022, decidió como reparación integral:

a) la restauración de la situación jurídica de los Isaías al momento anterior en que se inició el proceso de determinación de sus obligaciones, esto es, antes del 26 febrero de 2008, por ser éste el acto vulnerador de sus derechos;

b) la nulidad de todo el proceso de determinación de las obligaciones de carácter civil seguido contra Roberto y William Isaías Dassum, incluidas las resoluciones AGD en que se basó la incautación de sus bienes, derechos, acciones y activos en general;

c) la restitución de los bienes, derechos, acciones y activos en general, que aún están en poder del Estado, al patrimonio de Roberto y William Isaías Dassum;

d) que el juez competente determine el justo precio de los bienes incautados y que no pueden ser devueltos;

e) que el juez competente determine el monto proporcionado por los daños y perjuicios ocasionados.

Expresó Jorge Zavala Egas: “Finalmente, el fallo dictado por el más alto tribunal de justicia del mundo sobre derechos humanos -que es el de la ONU- se ha cumplido: exigió que en lo penal acudamos a los jueces nacionales de la más alta jerarquía, lo hicimos a través del recurso de revisión y la inocencia de los Isaías fue ratificada el 19 de mayo de 2021 por la Corte Nacional de Justicia;

obligó a que el Estado, en el proceso civil seguido para determinar sus obligaciones económicas, repare la vulneración de sus derechos ocurrida en el proceso de incautación realizado en forma arbitraria en el período 2008 a 2012, lo cual ha sido concretado en sede judicial el 10 de mayo de 2022. Hemos cerrado así un capítulo más de esta negra historia de violación de derechos contra una familia ecuatoriana”, concluyó el Dr. Zavala Egas.